Más allá de la criminalización: Repensando la Justicia, las leyes y el Estado
Síntesis de la presentación de Estefanía Vela Barba, abogada, investigadora y Directora de la organización feminista mexicana Intersecta. Especialista en derecho, justicia y políticas públicas desde una perspectiva feminista interseccional.
La presentación se estructuró en cuatro ejes principales: una definición del derecho penal y su alcance, el análisis del posicionamiento del feminismo frente a este aparato, la importancia de evaluar críticamente su uso y, finalmente, una reflexión sobre qué revela esa evaluación y qué alternativas pueden construirse. Estefanía situó su intervención en el contexto mexicano, pero con el claro propósito de aportar herramientas analíticas útiles para otros territorios del Sur Global. México, explicó, es un país federal de más de 127 millones de personas, atravesado por altos niveles de violencia, desapariciones forzadas y desigualdad. En este escenario, el derecho penal ha sido simultáneamente una herramienta de represión y un campo de disputa para diversos movimientos sociales, incluido el feminista.
La autora comenzó por delimitar el enfoque de su exposición al derecho penal, dentro del entramado más amplio del derecho estatal. Enfatizó que, si bien existen múltiples ramas del derecho, como el civil, fiscal, agrario o electoral, su análisis se centraría exclusivamente en el penal, entendiendo por este las normas que clasifican ciertas conductas como delitos y que imponen sanciones como la cárcel. Subrayó que el derecho penal no solo implica normas, sino también un conjunto de instituciones —policías, militares, fiscalías, tribunales, cárceles— encargadas de procesar los casos en los que se alega la comisión de un delito. Esta delimitación, aclaró, es clave, especialmente en contextos feministas y de justicia social donde los conceptos de penalización o criminalización pueden utilizarse en sentidos más amplios.
Entre la crítica y la demanda de expansión: posiciones feministas sobre el derecho penal
Estefanía señaló que, en su experiencia, siempre ha habido una postura crítica desde el feminismo, particularmente en México. Identificó cuatro grandes temas donde se ha articulado esta crítica: la criminalización del aborto, la criminalización de la transmisión del VIH, la criminalización de conductas asociadas al uso de sustancias y la criminalización de mujeres que matan o lastiman a quienes las agreden. En todos estos casos, explicó, más allá del reconocimiento de derechos, estas luchas revelan tres lecciones importantes sobre el funcionamiento del derecho penal.
Primero, que el derecho penal no necesariamente previene las conductas que busca sancionar. En el caso del aborto, por ejemplo, los estudios muestran que su prevalencia es similar en países que lo criminalizan y en los que no. Algo parecido ocurre con tener relaciones sexuales sin protección o con el consumo de sustancias.
Segundo, que el derecho penal sí tiene efectos, pero muchas veces pueden ser contraproducentes. En el caso del aborto, no incide en sí si las personas abortan o no, sino en cómo lo hacen, muchas veces en condiciones de inseguridad. En el caso de la transmisión del VIH o del uso de sustancias, el derecho penal no determina si las personas tienen ciertas prácticas, sino si acuden o no a servicios de salud, si se hacen análisis o si se atienden en centros médicos.
Tercero, que el derecho penal se aplica de forma desigual. Hay una gran brecha entre quienes cometen el delito y quienes terminan en la cárcel. Por ejemplo, en el caso de la criminalización de conductas asociadas al uso de sustancias, las organizaciones feministas han mostrado cómo, en lugar de ir contra los grandes narcotraficantes, se encarcela desproporcionadamente a mujeres que participan en la distribución por falta de oportunidades de generación de ingresos. Del mismo modo, en los casos en que mujeres matan o hieren a sus agresores, es más probable que terminen encarceladas ellas que quienes ejercieron la violencia contra ellas.
A pesar de estas críticas, Estefanía señaló que en las últimas décadas ha habido también una proliferación de demandas para expandir el derecho penal. En el caso de México, se han tipificado como delitos el feminicidio, el transfeminicidio y la violencia familiar, entre otros. Estas medidas, explicó, se han impulsado en nombre de los derechos de las niñas y mujeres. Las razones detrás de estas demandas son diversas: nombrar y condenar daños, establecer la verdad, proteger y reparar a las víctimas, castigar o rehabilitar a quienes hacen daño y prevenir futuras violencias. Sin embargo, advirtió que esto abre una pregunta fundamental: ¿el problema era el aparato penal en sí o simplemente hacia quién estaba dirigido? Esta tensión revela que, a veces, lo que se busca no es desmontar el aparato punitivo, sino redirigirlo hacia quienes se considera que hacen daño, y de allí que introdujera la siguiente clave de su presentación, sobre la evaluación crítica del derecho penal.
Hacia una evaluación feminista del derecho penal
En la parte final de su intervención, Estefanía propuso un análisis del derecho penal a partir de dos preguntas clave: ¿qué estamos buscando lograr? y ¿lo estamos logrando, o estamos generando otros daños? Desde ahí, analizó tres razones comunes por las que se recurre al derecho penal, y las problematizó desde una mirada crítica.
La primera es que el derecho penal permite nombrar, y nombrar es central para hacer justicia. Si bien reconoció esa función, advirtió que también se puede nombrar desde otras ramas del derecho o incluso desde el lenguaje mismo. Lo preocupante, dijo, es que el derecho penal se ha convertido en la principal vía para asignar valor: lo que es delito se considera grave, y lo que no, menos importante. Y, en este sentido, cada vez que pedimos un nuevo delito o una pena más alta, reforzamos ese poder simbólico. “¿Por qué no negárselo?”, preguntó.
La segunda es que el derecho penal permite establecer la verdad, en tanto el Estado asume la investigación de los casos a través de las fiscalías. Estefanía propuso imaginar un sistema en el que otras ramas también cuenten con mecanismos de investigación y búsqueda de verdad, más allá de lo penal.
La tercera razón es que el derecho penal permite la sanción y la reparación. Señaló que ninguna de las dos es exclusiva del ámbito penal, salvo la cárcel. Esto lleva a preguntarse si lo que se busca realmente es justicia o encarcelamiento. Finalmente, cuestionó la idea de que el castigo sea una respuesta rápida. Mostró cómo en México, de millones de delitos anuales, solo una mínima parte se investiga y aún menos llega a sentencia. Incluso en delitos como feminicidio o violencia familiar, las condenas son bajas. Aun así, las cárceles están llenas, sobre todo de personas jóvenes, empobrecidas y sin sentencia. La pregunta que dejó abierta fue cómo compatibilizar esta realidad con las demandas legítimas de justicia, sin seguir reproduciendo un sistema que, tal como mostró, no está funcionando.
Más allá del sistema penal: preguntas desde los movimientos
En la ronda final, una de las preguntas planteó qué rol pueden desempeñar las activistas y sus colectivas para ampliar el acceso a una justicia equitativa. Estefanía subrayó la importancia de que los movimientos también se pregunten cómo gestionan los conflictos en sus propios espacios. Señaló que muchas veces se reproducen lógicas punitivas, como la cancelación o la funa, sin procesos de escucha ni reparación, y que abrir conversaciones honestas sobre lo que entendemos por justicia es fundamental. Ya sea por enfrentar directamente la criminalización o por intentar construir microcosmos de justicia, insistió en que estas prácticas son claves para pensar alternativas al sistema penal.
Otra pregunta abordó si es posible imaginar un futuro sin un sistema de justicia centrado en el encarcelamiento. Estefanía no negó la necesidad de respuestas frente a la violencia, pero cuestionó el protagonismo del castigo. Propuso redistribuir los recursos que hoy se destinan a fiscalías, policías y cárceles hacia políticas públicas que sostengan la vida: salud, vivienda, educación y cuidado. Desde su visión, adelgazar el aparato punitivo del Estado permitiría fortalecer entornos donde la violencia sea menos probable. Mencionó, por ejemplo, iniciativas desde la arquitectura feminista que piensan ciudades organizadas en torno al cuidado, el encuentro y la comunidad.
Como cierre, insistió en que es necesario seguir cuestionando las estrategias que impulsamos: puede que no estén funcionando o que estén haciendo más daño. Frente a eso, defendió la posibilidad de cambiar de rumbo sin culpa, desde la conciencia colectiva de que lo que se está disputando son las formas de vivir, de cuidarse y de hacer justicia.
Summary by: Carolina Mosquera Vera